miércoles, 12 de noviembre de 2008

LIBERTAD SINDICAL. UNA REALIDAD



ATE GANO LA PULSEADA.





La corte Suprema de Justicia, declaró inconstitucional, el artículo 41 de la ley de 23551 de asociaciones sindicales, que permitía ser delegados sólo a quienes pertenecieran a un sindicato con personería gremial.

El fallo de la Corte fue dictado en base a un conflicto ocurrido cuando la (ATE-CTA) llamó a elección de delegados del personal civil del Estado Mayor del Ejército y del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas. El sindicato mayoritario del sector, (PECIFA-CGT), se opuso y planteó que sólo él tenía atribuciones para convocar a elecciones por contar con la personería gremial.
Esto en un gran avance hacia la libertad sindical, la cual es citada en nuestra constitución nacional en su articulo 14 bis (“organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial”).